Sistema de Responsabilidad Solidaria (SIRESO) permite cumplir con la nueva disposición en la Ley de Infonavit


Para los involucrados en la contratación de trabajadores mediante intermediario laboral (outsourcing).
El 5 de junio de 2015 entró en vigor el Artículo 29-Bis de la Ley del INFONAVIT, el cual establece la obligación de presentar al Instituto la información sobre los contratos de personal (outsourcing) que celebrados en esta materia.
 El Sistema de Responsabilidad Solidaria (SIRESO) permite cumplir con la nueva disposición en la Ley de Infonavit a los patrones y beneficiarios que tienen trabajadores asalariados contratados bajo el esquema de subcontratación de personal para comprobar el cumplimiento con sus obligaciones fiscales en materia de vivienda y garantizar los derechos de los trabajadores. 

Las empresas contratantes y contratistas deberán comunicar trimestralmente a la delegación de recaudación correspondiente al domicilio del patrón o sujeto obligado lo siguiente:

I. El nombre, denominación o razón social; clase de persona moral; objeto social; domicilio social, fiscal; RFC y NRP, entre otros.
II. Objeto del contrato, vigencia del mismo, perfiles, puestos o categorías indicando si es personal operativo, administrativo o profesional, la justificación del trabajo especializado y el número de trabajadores que se pondrán a disposición del beneficiario de los servicios o trabajos contratados.
Sobre los obligados

Patrón con trabajadores: Todas aquellas personas físicas o morales que contraten trabajadores bajo el esquema de asalariados, en el que los trabajadores tienen el derecho de ser sujetos de aseguramiento aunque estén subcontratados para prestar sus servicios a otra persona física o moral que no es propiamente quien lo contrata.


Patrón sin trabajadores: Todas aquellas personas físicas o morales que adopten la figura de patrón ante el sujeto beneficiario por medio de contrato, sin tener contratados directamente a los trabajadores bajo el esquema de asalariados, sino mediante otro contrato con un tercero que sí es el patrón para efectos legales, laborales y de seguridad social ante las autoridades competentes.


Sujeto beneficiario: Todas aquellas personas físicas o morales que reciban el beneficio del trabajo personal subordinado de un empleado, sea cual sea el patrón que lo tiene contratado bajo el esquema de asalariado.


Sobre el layout

Los patrones y beneficiarios que cuenten con uno o varios Números de Registro Patronal (NRP) y trabajadores deben ingresar al Sistema de Responsabilidad Solidaria (SIRESO) por medio del portal empresarial y enviar la información trimestral.

Únicamente el patrón con trabajadores, además de enviar los datos de los beneficiarios con quien tiene relación laboral, deberá enviar un archivo adicional con la información a detalle de los trabajadores que tiene contratados y los beneficiarios a los que prestaron sus servicios en el trimestre por el que corresponde la información.

Los patrones sin trabajadores y sujetos beneficiarios que no cuenten con NRP, deben ingresar al Sistema de Responsabilidad Solidaria (SIRESO) a través del portal institucional. Si algún patrón o beneficiario que tiene NRP y trabajadores ingresa por el portal institucional, el sistema no le permitirá continuar con el trámite.


Sobre el envío

El envío de este archivo deberá hacerse el mes inmediato posterior al trimestre vencido.

El plazo de recepción oportuna está considerado hasta el último día del mes inmediato posterior de cumplido el trimestre.


Importante: 
Cuando un archivo contenga más de 11 mil registros puede tardar en ser validado, por lo que te recomendamos que tomes tus precauciones para que la recepción exitosa se lleve a cabo dentro del plazo indicado.



Horario de recepción:

El horario de recepción de los archivos es de 2 de la mañana a 9 de la noche, de lunes a viernes y de 8 de la mañana a 5 de la tarde, los sábados. Los domingos no hay servicio.

Para esto, el INFONAVIT recomienda lo siguiente:
  • Si eres patrón o sujeto obligado, verifica tu acceso al portal empresarial porque por ese medio ingresarás a la aplicación.
  • Si eres beneficiario y tienes algún NRP, regístrate para que tengas tu acceso al Portal Empresarial, lo necesitarás para enviar tu información.
  • Si eres beneficiario y no tienes NRP, podrás enviar tu información por medio del portal institucional.
Fuente: Infonavit, Fiscalia.

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